Cómo defender a la cultura de la inteligencia artificial: transparencia, autorización y pago por uso

El 26 de abril, Día Mundial de la Propiedad Intelectual, está dedicado en 2025 a recordarnos que los derechos de propiedad intelectual desempeñan un papel esencial para favorecer un panorama musical dinámico y diverso. Esta jornada destaca cada año, independientemente de su lema, la importancia de la propiedad intelectual para la innovación y la creatividad. Por eso es importante recordar, frente a la proliferación y popularización de las herramientas de inteligencia artificial generativa (IAG), que está en juego la sostenibilidad de la cultura, y que no se debe caer en la trampa de quienes afirman que un escrupuloso respeto por la propiedad intelectual dificulta la innovación. La legislación de propiedad intelectual debe interpretarse para responder a los actuales desafíos, cimentándola en tres principios irrenunciables para que sea aplicable y respetada por la inteligencia artificial generativa (IAG): transparencia, autorización y pago por uso. En primer lugar, es imprescindible un marco sólido de propiedad intelectual que proteja el derecho de los creadores a controlar sus obras y actúe como salvaguarda contra el uso indebido, lo que solo es posible exigiendo la más absoluta transparencia a las empresas desarrolladoras de herramientas de IAG, cuya legalidad debe depender de la trazabilidad de los contenidos protegidos. Como consecuencia, los creadores deben tener siempre la última palabra para autorizar o prohibir la utilización de sus obras para entrenamiento y explotación comercial de IAG. Que las empresas desarrolladoras obtengan autorización de los titulares de derechos es imprescindible para que los creadores puedan controlar cómo su contenido protegido puede ser recopilado y utilizado por la IAG. Por último, sin la adecuada remuneración para autores, artistas, editores y productores, la inversión en la creación en contenido de calidad disminuirá. Debemos asegurarnos de que sea responsabilidad de los desarrolladores de IAG la búsqueda y obtención de autorización de los titulares de derechos. Así como estos desarrolladores están dispuestos a asumir el coste económico (y reputacional) de la enorme cantidad de electricidad y agua entre muchos otros recursos que consumen sus instalaciones, deben estar dispuestos a pagar por las obras creativas de calidad protegidas por derechos de propiedad intelectual que son imprescindibles para entrenar sus modelos, herramientas o aplicaciones basadas en IAG. * Antonio Fernández es presidente de Adepi, la Asociación para el desarrollo de la propiedad intelectual.

Apr 25, 2025 - 13:10
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Cómo defender a la cultura de la inteligencia artificial: transparencia, autorización y pago por uso
El 26 de abril, Día Mundial de la Propiedad Intelectual, está dedicado en 2025 a recordarnos que los derechos de propiedad intelectual desempeñan un papel esencial para favorecer un panorama musical dinámico y diverso. Esta jornada destaca cada año, independientemente de su lema, la importancia de la propiedad intelectual para la innovación y la creatividad. Por eso es importante recordar, frente a la proliferación y popularización de las herramientas de inteligencia artificial generativa (IAG), que está en juego la sostenibilidad de la cultura, y que no se debe caer en la trampa de quienes afirman que un escrupuloso respeto por la propiedad intelectual dificulta la innovación. La legislación de propiedad intelectual debe interpretarse para responder a los actuales desafíos, cimentándola en tres principios irrenunciables para que sea aplicable y respetada por la inteligencia artificial generativa (IAG): transparencia, autorización y pago por uso. En primer lugar, es imprescindible un marco sólido de propiedad intelectual que proteja el derecho de los creadores a controlar sus obras y actúe como salvaguarda contra el uso indebido, lo que solo es posible exigiendo la más absoluta transparencia a las empresas desarrolladoras de herramientas de IAG, cuya legalidad debe depender de la trazabilidad de los contenidos protegidos. Como consecuencia, los creadores deben tener siempre la última palabra para autorizar o prohibir la utilización de sus obras para entrenamiento y explotación comercial de IAG. Que las empresas desarrolladoras obtengan autorización de los titulares de derechos es imprescindible para que los creadores puedan controlar cómo su contenido protegido puede ser recopilado y utilizado por la IAG. Por último, sin la adecuada remuneración para autores, artistas, editores y productores, la inversión en la creación en contenido de calidad disminuirá. Debemos asegurarnos de que sea responsabilidad de los desarrolladores de IAG la búsqueda y obtención de autorización de los titulares de derechos. Así como estos desarrolladores están dispuestos a asumir el coste económico (y reputacional) de la enorme cantidad de electricidad y agua entre muchos otros recursos que consumen sus instalaciones, deben estar dispuestos a pagar por las obras creativas de calidad protegidas por derechos de propiedad intelectual que son imprescindibles para entrenar sus modelos, herramientas o aplicaciones basadas en IAG. * Antonio Fernández es presidente de Adepi, la Asociación para el desarrollo de la propiedad intelectual.